Colombia suspendió temporalmente las quemas abiertas controladas en las áreas rurales de todo el país para reducir la probabilidad de nuevos incendios forestales. La decisión quedó formalizada en la Resolución 1070 del 21 de agosto de 2026 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. La restricción responde a altas temperaturas, escasez de lluvias y vegetación seca asociadas al fenómeno de El Niño.
La suspensión alcanza prácticas autorizadas que emplean fuego para preparar suelos agrícolas, realizar descapote en actividades mineras, manejar rastrojos o residuos de cosecha y controlar efectos de heladas. No se limita a incendios intencionales ilegales: retira temporalmente la autorización general a usos que, aun planificados, pueden escapar al control con viento, calor y baja humedad. También reduce humo y material particulado en zonas rurales y ciudades cercanas.
La escala del riesgo fundamenta la medida. Al 15 de agosto, 539 municipios tenían algún nivel de alerta por incendios de cobertura vegetal: 235 en roja, 177 en naranja y 127 en amarilla. La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres había contabilizado 600 incendios en 226 municipios de 21 departamentos, con cerca de 14.872 hectáreas afectadas.
La emergencia seguía activa al anunciarse la resolución. El reporte del 22 de agosto registraba trece incendios activos y diez controlados; once de los activos estaban en Tolima y los restantes en Cundinamarca y Norte de Santander. Estos números son cortes operativos que pueden cambiar durante el día, pero muestran por qué una fuente adicional de ignición resulta especialmente peligrosa cuando los equipos ya están desplegados.
La prohibición no es absoluta ni permanente. Las autoridades ambientales pueden autorizar quemas en territorios específicos si existe una justificación técnica y si demuestran que la actividad no aumentará el riesgo. La suspensión terminará automáticamente cuando el IDEAM informe oficialmente que cesaron las condiciones de El Niño que la originaron. Mientras tanto, incumplirla puede generar procesos sancionatorios, multas, medidas policiales e incluso acciones penales por delitos ambientales.
Aplicar la norma exige alternativas para productores y comunidades. Triturado o incorporación de residuos, compostaje, manejo mecánico de malezas y calendarios adaptados pueden sustituir parte del fuego, pero requieren maquinaria, mano de obra, asistencia y recursos. Sin apoyo, una prohibición nacional puede trasladar la práctica a la informalidad o afectar de manera desproporcionada a pequeños agricultores que dependen de técnicas de bajo costo.
Los resultados deben medirse por igniciones evitadas, superficie quemada, calidad del aire, cumplimiento de excepciones y acceso real a alternativas productivas. También hace falta publicar autorizaciones extraordinarias, mapas diarios de riesgo y sanciones, y coordinar a corporaciones ambientales, municipios, bomberos y comunidades. La suspensión reduce una causa prevenible durante la crisis; vigilancia, restauración y preparación para un El Niño prolongado decidirán su eficacia.